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    <identificador>BOCM-20171116-227</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/11/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento ordinario 472 de 2017, notificación a Residencia Amanecer, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>273</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
227Madrid número 38. Procedimiento ordinario 472 de 2017, notificación a Residencia Amanecer, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 472/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELVIRA VEGAS CAMBRONERA frente a FOGASA y RESIDENCIA AMANECER sl sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por doña ELVIRA VEGAS CAMBRONERA contra RESIDENCIA AMANECER S.L., y con intervención de FOGASA, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno RESIDENCIA AMANECER S.L., a abonar a doña ELVIRA VEGAS CAMBRONERA la cantidad de 1.096,61 euros (Mil noventa y seis euros, con sesenta y un céntimos), cantidad que será incrementada con el 10% de interés por mora, desde la interposición de la demanda.

En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESIDENCIA AMANECER sl, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/35.318/17)</texto>
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