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    <titulo>– Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <organismo>Ayuntamiento de Sevilla la nueva</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo: aprobación provisional del expediente de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmueble, en los términos que figuran en el expediente.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://informacion@sevillalanueva.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Sevilla la Nueva, a 17 de noviembre de 2017..El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/38.635/17)</texto>
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