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    <fecha_publicacion>2017/12/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
64Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 31 de marzo de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos número 01/2017 del presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo remanente de tesorería, como sigue a continuación: 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. 
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Fresnedillas de la Oliva, a 19 de octubre de 2017..El alcalde-presidente, José Damián de la Peña Alonso.
(03/38.797/17)</texto>
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