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    <identificador>BOCM-20180117-57</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 42. Procedimiento 613 de 2016, notificación a Eugenio y Andrei, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42
57Madrid número 42. Procedimiento 613 de 2016, notificación a Eugenio y Andrei, S. L.
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 613 de 2016 entre “Montajes y Estructuras Savary, Sociedad Anónima” contra doña María del Rosario López Bravo y “Eugenio y Andrei, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la mercantil “Montajes y Estructuras Savary, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Fernández Aguado, frente a doña María del Rosario López Bravo, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la mercantil demandante la cantidad de 14.250 euros, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución y costas.
Desestimando la demanda interpuesta frente a la mercantil “Eugenio y Andrei, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, a la que se absuelve de las peticiones efectuadas en su contra, con imposición a la parte actora de las costas procesales causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que  contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado en un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente y bajo apercibimiento de inadmisión.
Y para que sirva de notificación a “Eugenio y Andrei, Sociedad Limitada” expido y firmo la presente.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/401/18)</texto>
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