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    <identificador>BOCM-20180131-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES</departamento>
    <rango>ANUNCIO</rango>
    <fecha_publicacion>2018/01/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2017/12/20</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Anuncio del extracto de la Orden 376/2017, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para la producción cinematográfica de cortometrajes en 2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
22ANUNCIO del extracto de la Orden 376/2017, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para la producción cinematográfica de cortometrajes en 2018.
BDNS (Identif.): 382682
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans): BDNS 382682.
Primero
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción cinematográfica cuyo objeto sea la realización de actividades de proyectos audiovisuales, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10 millones de euros. Deberán tener su residencia fiscal en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Segundo
Objeto
Ayudas para la producción de cortometrajes en 2018. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en soporte cinematográfico de 35 milímetros o en máster DCP 2K en disco duro, con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1420/2016, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para la producción cinematográfica de cortometrajes; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 107, de 6 de mayo de 2016:
.	https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/05/06/BOCM-20160506-17. PDF
Cuarto
Cuantía
La convocatoria asciende a un importe máximo de 350.000 euros. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 22.500 euros. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Período subvencionable
Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 1 de diciembre de 2018. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018 para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de junio de 2017 y 30 de noviembre de 2018 para los de animación y documentales.
Séptimo
Plazo de justificación
Hasta e1 1 de diciembre de 2018.
En Madrid, a 21 de diciembre de 2017.
		El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, 		JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ
(03/2.665/18)</texto>
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