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    <identificador>BOCM-20180220-188</identificador>
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    <fecha_publicacion>2018/02/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento 1.119 de 2017, notificación a Consultora de Riesgos Financieros, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>43</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
188Madrid número 38. Procedimiento 1.119 de 2017, notificación a Consultora de Riesgos Financieros, S. A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1119/2017-01 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARLOS MANRIQUE DE TORRES frente a CONSULTORA DE RIESGOS FINANCIEROS SA sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Procédase al archivo de la presente cuenta de abogado instada por D./Dña. CARLOS MANRIQUE DE TORRES, frente al CONSULTORA DE RIESGOS FINANCIEROS SA, determinándose como cantidad debida por éste la suma de 726,00 Euros.

Dese traslado al referido Abogado para que inste, en legal forma, el despacho de ejecución, bastando la mera solicitud y la identificación de la presente.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, pero que no prejuzga, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiera recaer en juicio ordinario ulterior.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSULTORA DE RIESGOS FINANCIEROS SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.745/18)</texto>
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