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    <identificador>BOCM-20180403-67</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 25. Procedimiento 62 de 2017, notificación a Isabel Rico-Avello Boville</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>79</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25
67Madrid número 25. Procedimiento 62 de 2017, notificación a Isabel Rico-Avello Boville
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos número 62 de 2015, por no ser conocido el domicilio de doña Isabel Rico-Avellano Boville, por resolución de 8 de febrero de 2018, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 25 de enero de 2018, cuyo encabezamiento y fallo son:
Sentencia número 22 de 2018
En Madrid, a 25 de enero de 2018..Doña Ángeles Velasco García, magistrada del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguido con el número 62 de 2017, promovido por el señor procurador de los Tribunales don Manuel Ortiz de Urbina Ruiz, en nombre y representación de doña María Isabel Boville Luca de Tena, contra don Gonzalo Chico Durban, representado legalmente en las áreas afectadas por la restricción de la capacidad de obrar, según sentencia de 27 de julio de 2010, por don Jesús Chico Mahamud y doña Milagros Durbán Oliva, bajo la presentación de la señora procuradora de los Tribunales doña Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez y doña Isabel Rico-Avellano Boville, declarada en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal.
Fallo
Que, estimando la demanda presentada por el señor procurador de los Tribunales don Manuel Ortiz de Urbina Ruiz, en nombre y representación de doña María Isabel Boville Luca de Tena, contra don Gonzalo Chico Durban, representado legalmente en las áreas afectadas por la restricción de la capacidad de obrar, según sentencia de 27 de julio de 2010, dictada por el Juzgado de primera instancia número 30 de Madrid, por don Jesús Chico Mahamud y doña Milagros Durban Oliva, bajo la representación de la señora procuradora de los Tribunales doña Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez y doña Isabel Rico-Avello Boville, declarada en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal, acuerdo la adopción de las siguientes medidas:
1.  Se acuerda la privación de la patria potestad de don Gonzalo Chico Durban, representado legalmente, por don Jesús Chico Mahamud y doña Milagros Durban Oliva, y de doña Isabel Rico-Avello Boville sobre su hija Beatriz.
2.  Se nombra tutor de Beatriz a doña María Isabel Boville Luca de Tena, quien, una vez firme la presente sentencia, aceptará su cargo.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de sentencia a doña Isabel Rico-Avello Boville, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 8 de febrero de 2018..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/9.695/18)</texto>
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