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    <titulo>– Montessori, S. Coop. Mad. Disolución cooperativa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>V. OTROS ANUNCIOS
MONTESSORI, S. COOP. MAD.
191Montessori, S. Coop. Mad. Disolución cooperativa
Doña Carolina Pérez Ruiz, liquidadora de la entidad denominada “Montessori, Sociedad Cooperativa Madrileña”, inscrita en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid con el número 28/CM-3878.
Certifica: Que la Asamblea General Universal y Extraordinaria de la Cooperativa celebrada en su domicilio social, el día 16 de abril de 2018, con la asistencia de todos los socios y por tanto, representada la totalidad del capital social, según consta en la lista de asistentes que obra al principio del acta y firmada por los mismos, que aceptaron por unanimidad su celebración, con dicho carácter de universal, y el orden del día que fue elaborado para su tratamiento, se adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos, que se transcriben del acta de la sesión:
Primero..Se acuerda por unanimidad la disolución de la sociedad, así como su liquidación simultánea, por la imposibilidad de realizar la actividad cooperativizada, de conformidad con el artículo 93.b) de la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (LCCM).
Segundo..Que, concurriendo los requisitos exigidos para la adopción del acuerdo de disolución y de liquidación simultánea, queda aprobado el balance final de liquidación, de 20 de diciembre de 2017, con el resultado que a continuación se expone:

Que, tras ser informados por el interventor de la cooperativa del informe del balance de liquidación, queda confirmado que no existen deudas sociales que liquidar con otros acreedores, ni capital social a favor de la Cooperativa, por lo que no tendrá lugar la posterior adjudicación y reparto del haber social entre los socios, todo ello, de conformidad con lo establecido al respecto en el artículo 100.1 de la LCCM. 
Al no existir excedentes ni beneficios, no tendrá lugar retorno cooperativo alguno en relación con la reserva de educación y promoción cooperativa y la reserva voluntaria. La reserva obligatoria es irrepartible entre los socios, tal y como establece el artículo 62 de la LCCM.
Tercero..Se acuerda, el cese en sus cargos de los miembros del Órgano de Administración: doña María Begoña Aso Sánchez, como presidenta; doña Carmen Fuentes Jiménez, como secretaria; doña Patricia Rodríguez González, como tesorera; doña María Luisa Magro Clemente, como interventora.
Cuarto..Se nombra, mediante votación secreta, liquidador de la sociedad, por tiempo indefinido y con todas las atribuciones y facultades legales, a doña Carolina Pérez Ruiz, mayor de edad, vecina de Madrid, con domicilio en plaza Puerto de la Cruz, número 1, octavo 5 (28029), quien acepta su cargo ante la propia asamblea general, y manifiesta no estar afectado por ninguna incapacidad o incompatibilidad tanto estatutaria como legal contenida en el artículo 41 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Quinto..El liquidador designado queda facultado para la publicación de los citados acuerdos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en dos de los diarios de mayor circulación de la citada región. Asimismo, se le faculta para elevar a público dichos acuerdos y para solicitar del Registro de Cooperativas la cancelación de los asientos referentes a la cooperativa extinguida.
En Madrid, a 19 de abril de 2018..La liquidadora, Carolina Pérez Ruiz. 
(02/14.124/18)</texto>
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