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    <identificador>BOCM-20180509-169</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/05/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 182 de 2018, notificación a Navarvillan, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>110</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31
169Madrid número 31. Procedimiento 182 de 2018, notificación a Navarvillan, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. AMALIA DEL CASTILLO DE COMAS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 182/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FATHIA SATOUR AKLI frente a FOGASA y NAVARVILLAN SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Que estimando totalmente la demanda interpuesta por Dª FATHIA SATOUR AKLI frente a la empresa NAVARVILLÁN S.L. debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de la parte actora y siendo imposible la readmisión DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y CONDENO a la empresa demandada a que le indemnice a la actora con la suma de 2.734,88 euros, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido ( 3-1-18) hasta la presente resolución a razón de 39,78 euros/día. Y así mismo, procede imponer a la parte demandada una sanción por falta de comparecencia ante el SMAC por cuantía de 300 euros, así como otros 300 euros por honorarios del letrado de la actora.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NAVARVILLAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.656/18)</texto>
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