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    <identificador>BOCM-20180510-134</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/05/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 1.212 de 2017, notificación a Sistema Modulares Sostenibles, S. R. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>111</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31
134Madrid número 31. Procedimiento 1.212 de 2017, notificación a Sistema Modulares Sostenibles, S. R. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. AMALIA DEL CASTILLO DE COMAS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1212/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN DE DIOS CUBILLAS SANCHEZ frente a SISTEMA MODULARES SOSTENIBLES SRL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Que estimando la demanda interpuesta por D. JUAN DE DIOS CUBILLAS SÁNCHEZ debo CONDENAR Y CONDENO a SISTEMAS MODULARES SOSTENIBLES SRL a abonar a la parte actora la cuantía de 2.685 euros netos en concepto de salario, así como el 10% en concepto de mora. Y debo ABSOLVER a FOGASA sin perjuicio del art. 33 ET.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SISTEMA MODULARES SOSTENIBLES SRL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil dieciocho.

  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.000/18)</texto>
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