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    <identificador>BOCM-20180528-69</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/05/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 55. Procedimiento 558 de 2017, notificación a Maati Zitouni y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>126</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55
69Madrid número 55. Procedimiento 558 de 2017, notificación a Maati Zitouni y otros
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 558 de 2017, entre “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima” y doña Maati Zitouni, doña Vanesa Barbero del Río y demás ocupantes desconocidos de la calle Godella, número 105, segundo B, de Madrid, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 13 de 2018
En Madrid, a 12 de enero de 2018..Ha sido visto el juicio verbal de desahucio por precario seguido en este Juzgado con el número 558 de 2013, incoado a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra doña Maati Zitouni, doña Vanesa Barbero del Río y demás ocupantes desconocidos de la calle Godella, número 105, segundo B, de Madrid.
Fallo
1.o  Declaro haber lugar al desahucio de los ocupantes del piso 2.o B de la calle Godella, número 105, de Madrid, y los condeno a que desalojen la finca, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la parte demandante, con apercibimiento de ser lanzados en caso contrario.
2.o  Impongo las costas de este pleito a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días en este mismo Juzgado.
Adviértase, asimismo, que para interponer el recurso será necesario constituir depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..El/la magistrado/a-juez.
Y para que sirva de notificación a doña Maati Zitouni y doña Vanesa Barbero del Río, expido y firmo el presente en Madrid, a 9 de abril de 2018..El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/16.667/18)</texto>
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