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– Orden 2/2018, de 1 de junio, de la Consejera de Justicia, por la que se nombran Registradores de la Propiedad con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA
23ORDEN 2/2018, de 1 de junio, de la Consejera de Justicia, por la que se nombran Registradores de la Propiedad con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Por Resolución de 10 de abril de 2018 (“Boletín Oficial del Estado” del 23 de abril), la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso ordinario número 299 de los correspondientes a provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que incluía vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de 22 de mayo de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, se resuelve el concurso y se dispone su comunicación a las comunidades autónomas para que se proceda a los nombramientos.
Mediante escrito de esa Dirección General de 24 de mayo de 2018 se comunican los Registradores que deben ser nombrados por la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid es competente para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles correspondientes a las plazas de su ámbito territorial, tal como establece el artículo 50.2 de su Estatuto de Autonomía.
Dentro de la Administración Autonómica, corresponde la tramitación de los nombramientos de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de conformidad con los Decretos 130/2017 y 59/2018, de 24 de mayo.
Por su parte, el Decreto 191/1998, de 20 de noviembre, por el que se atribuye la competencia para el nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles del territorio de la Comunidad de Madrid, dispone que dicho nombramiento se realizará mediante Orden de la Consejera de Justicia.
En consecuencia, conforme a lo establecido en los artículos 513 y siguientes del Reglamento Hipotecario y en el ejercicio de la competencia que me está atribuida por las disposiciones citadas, 
DISPONGO 
Primero
Nombramiento
Nombrar a los Registradores de la Propiedad que a continuación se relacionan para la provisión de los siguientes destinos radicados en la Comunidad de Madrid:

Segundo
Comunicaciones
Dar de esta Orden los traslados reglamentariamente establecidos, por conducto de la Dirección General competente.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Madrid, a 1 de junio de 2018.
		La Consejera de Justicia, 		YOLANDA IBARROLA DE LA FUENTE
(03/19.877/18)</texto>
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