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    <titulo>Cuenca número 1. Procedimiento 659 de 2017, notificación a Juan Carlos Herrera</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1
181Cuenca número 1. Procedimiento 659 de 2017, notificación a Juan Carlos Herrera
EDICTO
D. PEDRO FIDEL LAGUNAS DOMINGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de CUENCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000659 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D RAFAEL MUÑOZ MUÑOZ contra la empresa JUAN CARLOS HERRERA MAROTO, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En CUENCA, a diez de mayo de dos mil dieciocho.

D. RAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA Magistrado/a Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 tras haber visto el presente DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000659 /2017 a instancia de D/Dª. RAFAEL MUÑOZ MUÑOZ, contra JUAN CARLOS HERRERA MAROTO, FOGASA, EN NOMBRE DEL REY, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA: 00365/2018

ESTIMO la demanda formulada por D. RAFAEL MUÑOZ MUÑOZ, sobre EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, en contra de la empresa JUAN CARLOS HERRERA MAROTO y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en su consecuencia declaro extinguida la relación laboral a fecha del cierre de la empresa, condenando a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 1.185,28 euros por indemnización.
Asimismo, CONDENO a la empresa JUAN CARLOS HERRERA MAROTO al pago de la cantidad de 10.755,60 euros por salarios adeudados pendientes de pago, y a la cantidad de 1.0075,56 euros por intereses por mora.
El FOGASA estará al cumplimiento de sus responsabilidades legales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación a través de este Juzgado y ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, anunciándolo en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, previo ingreso si recurriera la/s empresa/s demandada/s, en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banco de Santander, cuenta nº IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, concepto 1619-0000-69-0659-17, de la cantidad importe de la condena que le ha sido impuesta, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, más un nuevo ingreso en la misma clave de 300 euros en concepto de depósito, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a JUAN CARLOS HERRERA MAROTO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CUENCA.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CUENCA, a seis de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/20.677/18)</texto>
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