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    <titulo>Madrid número 5. Procedimiento 663 de 2012, notificación a José Garrido Moreno y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 5
88Madrid número 5. Procedimiento 663 de 2012, notificación a José Garrido Moreno y otros
EDICTO
Doña María Carmen Fresneda García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario numero 663 de 2012, instados por procurador don Isidro Orquín Cedenilla en nombre y representación de “Las Tejoneras, Sociedad Limitada”, contra don José Garrido Romero y don David Edery Rueda, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 29 de junio de 2017, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
«Sentencia número 151 de 2017
Madrid, a 29 de junio de 2017..La magistrada-juez, Marta García Fernández.
Vistos por doña Marta García Fernández, magistrada-juez del Juzgado de lo mercantil número 5 bis de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 663 de 2012, promovidos por el procurador de los Tribunales don Isidro Orquín Cedenilla, en nombre y representación de “Las Tejoneras, Sociedad Limitada”, asistida por el letrado don Juan Francisco Rodríguez Estella, contra don David Edery Rueda y don José Garrido Romero en situación procesal de rebeldía.
Fallo
Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Isidro Orquín Cedenilla, en nombre y representación de “Las Tejoneras, Sociedad Limitada”, contra don David Edery Rueda y don José Garrido Romero, y condenar a los codemandados a abonar al actor la cantidad de 88.092,07 euros así como, al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte a días a contar desde el siguiente a su notificación y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Garrido Romero y don David Edery Rueda, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 14 de junio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado). 
(02/21.552/18)</texto>
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