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    <identificador>BOCM-20180710-104</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 143 de 2015, notificación a ED Asociación Educativa Socio Laboral</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
104Madrid número 7. Ejecución 143 de 2015, notificación a ED Asociación Educativa Socio Laboral
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Belén Gómez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 143/2015 de este Juzgado de lo social, se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia:
Parte dispositiva:
En atención a lo expuesto, se acuerda: 
a)  Declarar a ED Asociación Educativa Socio Laboral, en situación de insolvencia total por importe de 26.149,73 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b)  Una vez firme la presente resolución:
Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a ED Asociación Educativa Socio Laboral, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 12 de junio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/21.709/18)</texto>
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