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    <identificador>BOCM-20180808-171</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 290 de 2018, notificación a Tres Casi Porteños, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
171Madrid número 41. Procedimiento 290 de 2018, notificación a Tres Casi Porteños, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 290/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARGARETA IULIANA CONSTANTIN frente a TRES CASI PORTEÑOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por Doña Margareta Iuliana Constantin contra la empresa Tres Casi Porteños, S.L., debo declarar y declaro la nulidad del despido efectuado por la empresa condenando a ésta a la efectiva readmisión de la trabajadora y al abono de los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión.
Y estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por Doña Margareta Iuliana Constantin contra la empresa Tres Casi Porteños, S.L., debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquella la cantidad de 1.952,30 euros, con el recargo del artículo 29.3 LET aplicado a la cantidad de 1.709,96 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300,00 euros en la cuenta 5052000065029018 del “Banco Santander” aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRES CASI PORTEÑOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/25.119/18)</texto>
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