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    <titulo>– Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
30Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2018, aprobó inicialmente la modificación presupuestaria por transferencia de crédito Pleno 3/18 (expediente: MTC PL 3/18).
Finalizado el día 9 de agosto de 2018, el plazo de quince días a que se refiere el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 sin haberse presentado reclamaciones, la modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón, por modificación presupuestaria por transferencia de crédito Pleno 3/18, se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
La transferencia de crédito de Pleno 3/18 afecta a los siguientes capítulos:

Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo previsto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Alcorcón, a 20 de agosto de 2018..El concejal-delegado de Hacienda, Ignacio González Velayos.
(03/27.731/18)</texto>
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