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    <titulo>– Navas del Rey. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>NAVAS DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
29Navas del Rey. Régimen económico. Padrones fiscales
Aprobados por resolución de Alcaldía, de 14 de agosto de 2018, los padrones de la tasa de recogida de basuras y de la tasa de vados, ejercicio 2018, estarán expuestos al público en este Ayuntamiento durante veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La inclusión de un sujeto pasivo en el padrón, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos en el mismo, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento de Navas del Rey.
El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes contado de fecha a fecha, desde el día siguiente al del término del período de exposición pública del padrón.
El cobro del período voluntario será del 2 de agosto al 2 de octubre, ambos incluidos, y se podrá realizar en la entidad bancaria colaboradora “Bankia”, en la cuenta corriente a nombre del Ayuntamiento.
Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.
En Navas del Rey, a 14 de agosto de 2018..El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(02/27.626/18)</texto>
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