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    <titulo>– San Lorenzo de El Escorial. Urbanismo. Modificación puntual normas subsidiarias</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
URBANISMO
34San Lorenzo de El Escorial. Urbanismo. Modificación puntual normas subsidiarias
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2018, ha acordado aprobar inicialmente la Modificación Puntual número 22 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Lorenzo de El Escorial, que tiene por objeto permitir la implantación en áreas de retranqueos de edificios existentes o en zonas de la parcela no ocupadas por la edificación, de torres de ascensores cuando sea técnica o económicamente inviable su ubicación dentro de los mismos, para garantizar la accesibilidad universal; siendo su ámbito de aplicación las porciones de suelo clasificado como urbano y calificado con las claves de ordenanza números 2, 3, 4 y 5.
Por lo que de conformidad con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se somete a información pública el expediente por espacio de un mes, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados legitimados puedan examinarlo en las dependencias municipales y formular las alegaciones o sugerencias que estimen pertinentes.
San Lorenzo de El Escorial, a 21 de agosto de 2018..La alcaldesa-presidenta, Blanca Juárez Lorca.
(03/27.871/18)</texto>
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