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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/10/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 152 de 2018, notificación a Santa Rosa de Lima Logística, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>248</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
70Madrid número 9. Ejecución 152 de 2018, notificación a Santa Rosa de Lima Logística, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 152/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE LUIS BOCANEGRA LEON frente a SANTA ROSA DE LIMA LOGISTICA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

EJECUCIÓN Nº: 152/2018
EJECUTANTE: D./Dña. JORGE LUIS BOCANEGRA LEON
EJECUTADO: SANTA ROSA DE LIMA LOGISTICA SL

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo dispuesto, SE ACUERDA:

Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 6/06/2018 a favor de la parte ejecutante, D. JORGE LUIS BOCANEGRA LEON, frente a la demandada SANTA ROSA DE LIMA LOGISTICA SL, parte ejecutada, por un principal de 15.578,02 EUROS, más 1.557,80 EUROS y 1.557,80 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0152-18.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D. JOSE MARIA REYERO SAHELICES.
EL MAGISTRADO JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SANTA ROSA DE LIMA LOGISTICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/30.834/18)</texto>
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