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    <identificador>BOCM-20181106-123</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 1.369 de 2017, notificación a Hypoxi España, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
123Madrid número 13. Procedimiento 1.369 de 2017, notificación a Hypoxi España, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.369 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marina Vara Morán, frente a “Hypoxi España, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, sentencia cuya parte dispositiva dice:
Fallo
Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Marina Vara Morán, asistida por el letrado don Javier Antonio Alonso Losada, contra “Hypoxi España, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, y condenar a esta al pago de la cantidad de 1.817 euros. Cantidad que devengará el interés de mora del 10 por 100.
Absolviendo a Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos formulados en su contra, sin perjuicio de las obligaciones que puedan corresponderle en la reclamación administrativa correspondiente.
Contra la presente sentencia no puede interponerse recurso de suplicación, siendo firme.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hypoxi España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 8 de octubre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/33.298/18)</texto>
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