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    <fecha_disposicion>2018/10/23</fecha_disposicion>
    <titulo>Autorización centro docente
– Orden 3874/2018, de 24 de octubre, por la que se revoca la autorización concedida a la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC), para impartir las enseñanzas conducentes a los títulos de “Bachelor in Business Administration” y de “Master in Business Administration” de la Florida Atlantic University, conforme al sistema educativo vigente en los Estados Unidos de América</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
15ORDEN 3874/2018, de 24 de octubre, por la que se revoca la autorización concedida a la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC), para impartir las enseñanzas conducentes a los títulos de “Bachelor in Business Administration” y de “Master in Business Administration” de la Florida Atlantic University, conforme al sistema educativo vigente en los Estados Unidos de América.
La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 86, señala que el establecimiento en España de centros que, bajo cualquier modalidad, impartan enseñanzas conducentes a la obtención de títulos extranjeros de educación superior universitaria, requerirá la autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se pretenda el establecimiento, previo informe del Consejo de Universidades. Esta misma obligación se contempla en el artículo 15.1 del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.
Por Resolución de 21 de enero de 1998, del Director General de Universidades de la Consejería de Educación y Cultura, se autoriza el establecimiento en la Comunidad de Madrid de la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC) para impartir las enseñanzas conducentes a los títulos “Bachelor in Business Administration” y “Master in Business Administration”, de la Florida Atlantic University, conforme al sistema educativo vigente en los Estados Unidos de América.
El Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, establece en la disposición adicional primera, apartado 3, que los centros que impartan enseñanzas universitarias con arreglo a sistemas educativos extranjeros, deberán adaptarse a los requisitos previstos en el mismo en el plazo máximo de tres años a partir de su entrada en vigor.
Toda vez que el plazo establecido para la adaptación a la nueva normativa ha finalizado y este Centro no ha presentado documentación alguna que acredite su adaptación a los nuevos requisitos, procede la revocación de la autorización concedida a la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC) para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de “Bachelor in Business Administration” y “Master in Business Administration” de la Florida Atlantic University.
De acuerdo con el contenido de la disposición transitoria primera de la Resolución de 21 de enero de 1998, el Centro queda obligado a mantener los estudios autorizados hasta que los alumnos, con un aprovechamiento académico normal inicialmente matriculados, hayan terminado los mismos.
De conformidad con el artículo 5.d) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, esta propuesta de revocación ha sido informada en la sesión de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario celebrada el 19 de septiembre de 2018.
En la tramitación de este expediente se ha prescindido del trámite de audiencia al interesado, al no figurar en el procedimiento ni haber sido tenidos en cuenta en la resolución del mismo, otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado (artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En virtud de todo lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación,
DISPONGO
Primero
Revocar la autorización concedida a la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC) para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de nivel universitario “Bachelor in Business Administration” y “Master in Business Administration”, de acuerdo con el sistema educativo vigente de los Estados Unidos.
Segundo
En cumplimiento de las disposiciones de la Resolución de 21 de enero de 1998, la Escuela Superior de Gestión Comercial y Marketing (ESIC) debe garantizar que los alumnos matriculados en las enseñanzas autorizadas en la citada Resolución hasta la revocación de la misma, terminan sus estudios en las mismas condiciones en que se matricularon; para ello, deberá aportar a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores certificación al efecto.
Tercero
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Madrid, a 24 de octubre de 2018.
		El Consejero de Educación e Investigación, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
(03/34.590/18)</texto>
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