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    <identificador>BOCM-20181106-178</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento 1.501 de 2017, notificación a Talleres Jiménez Martín e Hijos, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
178Móstoles número 1. Procedimiento 1.501 de 2017, notificación a Talleres Jiménez Martín e Hijos, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.501 de 2017, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Veiga Tejero, frente a “Talleres Jiménez Martín e Hijos, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:
Estimar la solicitud de aclaración de la sentencia presentada por la defensa de don José Luis Veiga Tejero mediante escrito de 27 de septiembre de 2018, debiendo tener:
1.o  El hecho probado tercero la siguiente redacción:
«Tercero..“Talleres Jiménez Martín e Hijos, Sociedad Limitada”, adeuda a don José Luis Veiga Tejero la cantidad de 8.534,21 euros por el impago de salarios del 17 al 31 de octubre de 2016, 433,94 euros, noviembre de 2016 a julio de 2017, 867,79 euros mensuales, y el salario del 1 al 10 de agosto de 2017, 289,26 euros...».
2.o  El fundamento de derecho segundo, párrafo tercero, línea segunda, la segunda redacción:
“cantidad de 9.387,63 euros, 8.534,21 euros de principal más el 10 por 100 de interés por mora, 853,42 euros, ...”.
3.o  El fallo, párrafo primero, la siguiente redacción:
«Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don José Luis Veiga Tejero contra “Talleres Jiménez Martín e Hijos, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 9.387,63 euros...».
Notifíquese la presente resolución judicial a las partes advirtiéndoles de que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 18 de septiembre de 2018.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Talleres Jiménez Martín e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 3 de octubre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/33.512/18)</texto>
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