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    <titulo>Madrid número 12. Procedimiento 1.253 de 2017, notificación a Guillermo Santos Álvarez Soluciones Empresariales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
86Madrid número 12. Procedimiento 1.253 de 2017, notificación a Guillermo Santos Álvarez Soluciones Empresariales
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1253/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIANA FLORINA GHINEA, D./Dña. ELIAS NCHASO MBALA, D./Dña. SADIO MARENA, D./Dña. AMINA EL JAJJOUJI, D./Dña. ANA MARIA FERNANDEZ TORRES, D./Dña. AWA DONKY SOUMARE, D./Dña. JULIE AMANDA ARAUJO DA SILVA, D./Dña. SANNET MENDY, D./Dña. CARLOS PATRICIO VASQUEZ VASQUEZ, D./Dña. FATIMA ZAMRAE EL AMMADI, D./Dña. JEFFERSON MOLINA CRUZ, D./Dña. CARMEN HEREDIA RODRIGUEZ, D./Dña. MARY MENDY, D./Dña. GIANINA ELENA STEGARESCU, D./Dña. ALESSADRA OLIN MOERSCHBACHER, D./Dña. MARIA PAZ OTERO FERNANDEZ, D./Dña. MERCY YOLANDA ALVAREZ, D./Dña. ISABEL GARCIA POZO y D./Dña. CARLA ANDREA ZUÑIGA SALAZAR frente a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL y CONTINENTAL HOTELS HISPANIA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la Sentencia, cuyo Fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar A D. ELIAS NCHASO MBALA, la cantidad de 3.786,54 euros, a D.ª MARY MENDEZ, la cantidad total de 2.830,61 euros, a D.ª JULIE AMANDA ARAUJO DA SILVA, la cantidad total de 4.316,35 euros, a D. SANET MENDY, la cantidad total de 2.830,61 euros, a D.ª AMINA ELL HAJJOUJI, la cantidad total de 2.830,61 euros, a D.ª FÁTIMA ZAMRAE EL ANIMADI, la cantidad total de 5.538,78 euros, a D.ª MERCY YOLANDA ÁLVAREZ, la cantidad total de 5.839,90 euros, a D.ª GHINEA MARIANA FLOR1NA, la cantidad total de 5.839,90 euros, a D.ª MARÍA PAZ OTERO FERNÁNDEZ, la cantidad total de 5.538,78 euros, a D.ª CARLA ANDREA ZÜÑIGA SALAZAR, la cantidad total de 6.693,91 euros, a D.ª ISABEL GARCÍA POZO, la cantidad total de 5.405,75 euros, a D.ª GIANINA ELENA STEGARESCU, la cantidad total de 2.678,83 euros, a D.ª AWA DONKY SOUMARE, la cantidad total de 2.527,05 euros, a D. SADIO MARENA, la cantidad total de 2.678,83 euros, a D.ª CARMEN HEREDIA RODRÍGUEZ, la cantidad total de 5.405,75 euros, a D.ª ALESSANDRA OLIN MOERSCHBACHER, la cantidad total de 5.405,75 euros, a D. JEFFERSON MOLINA CRUZ, la cantidad total de 5.405,75 euros, a D. CARLOS PATRICIO VÁSQUEZ VÁSQUEZ, la cantidad total de 2.678,83 euros, así como al interés moratorio establecido en el artículo 29.3 ET sobre esta cantidad, con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, dentro de los límites de los artículos 33 y concordantes ET.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2510-0000-00-1253-17 del BANCO SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2510-0000-00-1253-17.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

(Firmada)

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintidós de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/34.249/18)</texto>
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