<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20181115-108</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2018/11/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 15. Procedimiento 1.279 de 2017, notificación a Servicio Obras Rehabilitaciones y Reformas, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>273</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20181115-108</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/15/BOCM-20181115-108.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/15/BOCM-20181115-108.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/15/BOCM-20181115-108.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/15/BOCM-20181115-108.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
108Madrid número 15. Procedimiento 1.279 de 2017, notificación a Servicio Obras Rehabilitaciones y Reformas, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.279 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Camuñas Gómez, frente a “Servicio Obras Rehabilitaciones y Reforma, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 166 de 2018
En Madrid, a 12 de abril de 2018..La magistrada, doña Soledad Ester Hidalgo Serna,
Fallo
Estimo la demanda presentada por don Juan Camuñas Gómez contra la mercantil “Servicio Obras Rehabilitaciones y Reformas, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, condeno a la mercantil a abonar al actor la cantidad de 2.886,98 euros. Dicha cantidad devengará el 10 por 100 de interés por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicio Obras Rehabilitaciones y Reforma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 5 de octubre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/34.968/18)</texto>
</documento>