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    <identificador>BOCM-20181116-147</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/11/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 179 de 2018, notificación a Larrana Fashion Kids, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>274</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
147Madrid número 24. Ejecución 179 de 2018, notificación a Larrana Fashion Kids, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 179/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA JOSE PEREZ LLAMAS y D./Dña. ISABEL MENDEZ FLORES frente a LARRANA FASHION KIDS SL y D./Dña. NURIA LOPEZ HERNANDEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“AUTO
DISPONGO

SE DECLARA EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por la ejecutante, Dª MARIA JOSÉ PEREZ LLAMAS, y la Empresa LARRANA FASHION KIDS, S.L con efectos a partir de la fecha de la presente resolución.
En su virtud, la ejecutada LARRANA FASHION KIDS, S.L deberá abonar a la ejecutante una indemnización por importe de 4.948,43 euros equivalente a 45/33 días de salario por año de servicio, considerándose como tiempo de prestación de servicios el transcurrido hasta la fecha de la presente resolución.
Asimismo, LARRANA FASHION KIDS, S.L deberá pagar a la misma trabajadora la suma de 6.939,38 euros en concepto de salarios de tramitación, descontándose de la misma la cantidad percibida por la ejecutante en concepto de prestaciones por desempleo desde el 18/02/2017.
Del mismo modo, SE DECLARA EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por la ejecutante, Dª ISABEL MENDEZ FLORES y la Empresa LARRANA FASHION KIDS, S.L con efectos a partir de la fecha de la presente resolución.
En su virtud, la ejecutada LARRANA FASHION KIDS, S.L deberá abonar a Dª ISABEL MENDEZ FLORES una indemnización por importe de 8.219,99 euros equivalente a 45/33 días de salario por año de servicio, considerándose como tiempo de prestación de servicios el transcurrido hasta la fecha de la presente resolución.
Asimismo, LARRANA FASHION KIDS, S.L deberá pagar a la misma trabajadora la suma de 11.517,78 euros en concepto de salarios de tramitación, descontándose de la misma la cantidad percibida por la ejecutante en concepto de prestaciones por desempleo desde el 18/02/2017.
Se desestiman el resto de las pretensiones deducidas por la parte ejecutante.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer, en el plazo de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, recurso de reposición ante este mismo Tribunal, que no tendrá carácter suspensivo (artículo 184.1 LEC)”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LARRANA FASHION KIDS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/34.347/18)</texto>
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