<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20181116-60</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2018/11/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>274</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20181116-60</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/16/BOCM-20181116-60.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/16/BOCM-20181116-60.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/16/BOCM-20181116-60.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/11/16/BOCM-20181116-60.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID
OFERTAS DE EMPLEO
60Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
La concejala-delegada de Recursos Humanos, por decreto de 8 de noviembre de 2018, ha resuelto aprobar las siguientes bases específicas:
.	Plaza: técnico/a especialista Servicios y Vías públicas
1.  Características
1.1.  Número de plazas: uno en turno de promoción interna.
1.2.  Clasificación administrativa: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, grupo C, subgrupo C1.
1.3.  Turno: promoción interna.
1.4.  Régimen jurídico: funcionarios/as de carrera.
1.5.  Puesto de trabajo correspondiente: técnico/a especialista Servicios y Vías Públicas.
1.6.  Jornada: puede requerir la prestación de servicios de lunes a domingo, fuera de la jornada ordinaria de trabajo.
2.  Normas rectoras
2.1.  Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
2.2.  Reglamento General de ingreso, Real Decreto 364/1995.
2.3.  Bases Generales de Promoción Interna BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109 (8 de mayo de 2008). Modificación Bases generales: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 173 (21 de julio de 2016).
2.4.  Las presentes Bases Específicas.
2.5.  La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3.  Requisitos específicos
Además de los requisitos de carácter general señalados en las bases generales  de promoción interna para el acceso a la presente convocatoria será necesario:
.	Estar en posesión de la titulación establecida en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclo formativo de Grado Superior o equivalente. Se considera equivalente a estos efectos haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años) o tener una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del Subgrupo C2 o de cinco años y la superación de un curso específico de formación, impartido por cualquiera de las administraciones públicas, organizaciones sindicales y empresariales acogidas al Plan de Formación Continua en las Administraciones Públicas, y entidades acreditadas por la Administración como Centros de Formación. 
.	Acreditar una antigüedad mínima de dos años en el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid como funcionario de carrera o personal laboral fijo en el subgrupo C2.
.	Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
4.  Procedimiento de selección
La selección se hará de acuerdo con lo previsto en las bases generales y en estas específicas de la convocatoria. 
El procedimiento será por concurso-oposición, con arreglo a las siguientes especificaciones:
4.1.  Fase de oposición: constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios, que serán puntuados de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios para pasar a la siguiente fase de la convocatoria.
.	Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas tipo test, de respuestas alternativas, relativo al temario completo. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos, a razón de 0,25 puntos por cada respuesta correcta. Se restarán 0,05 por cada respuesta errónea, y no serán puntuadas las respuestas en blanco. Será ponderado conforme al apartado 6.1.1 de las Bases Generales.
.	Segundo ejercicio: consistirá en el desarrollo de uno o varios supuestos prácticos. El contenido de la prueba estará directamente relacionado con los cometidos del puesto y el temario. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos. Será ponderado conforme al apartado 6.1.2 de las Bases Generales.
Puntuación final de la fase de oposición: la puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones ponderadas de cada uno de los ejercicios según el baremo establecido en las Bases Generales.
4.2.  Fase de concurso: la valoración de la fase de concurso se regulará por el baremo señalado en las bases generales de la convocatoria.
La experiencia profesional se acreditará mediante contratos de trabajo o certificados de Administraciones Públicas, acompañados de la vida laboral actualizada a la fecha de presentación de instancias.
Se acreditarán según establece el apartado 6.2.2 de las bases generales. Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes. Podrán recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones y, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La puntuación de la fase de concurso no podrá en ningún caso tenerse en cuenta para superar la fase de oposición cuando algún aspirante sea declarado “no apto”.
La experiencia y formación valorada como requisito no se valorará en la fase de concurso.
La valoración de la fase de concurso se regula por el baremo señalado en el apartado 6.2 de las bases generales.
Méritos específicos, hasta un máximo de 2 puntos:  
.	Curso Técnico Medio de Prevención (mín. 250 horas): 1 punto.
.	Curso profesional de Técnico en Construcción (mín. 200 horas): 1 punto.
.	Curso de Autocad (mín. 100 horas): 0,5 puntos.
4.3.  Puntuación final: la calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de la fase de oposición ponderada y la fase de concurso.
TEMARIO
(El temario contempla la exención de materias regulada en el artículo 77 del Reglamento General de Ingreso aprobado por Real Decreto 364/1995).
1.  Seguridad e higiene en el trabajo. Equipos de protección individual y colectiva.
2.  Seguridad en trabajos en vía pública. Señalización.
3.  Callejero de Rivas-Vaciamadrid. Edificios públicos. Parques y elementos ornamentales. Ubicación.
4.  Redes de saneamientos. Materiales, tubos y registros. Tipos.
5.  Sistemas de evacuación de aguas fecales y desagües en edificios públicos.
6.  Sistemas de evacuación de aguas pluviales en edificios. Cubiertas. Diseño. Ejecución.
7.  Evacuación de aguas en vías públicas. Sistemas y elementos que la componen.
8.  Redes de distribución de agua potable en edificios públicos y vías urbanas. Materiales. Elementos a emplear. Grupos de presión.
9.  Hormigones y morteros.
10.  Zanjas, rellenos, excavaciones y compactaciones. Entibaciones y apuntalamientos. 
11.  Firmes en viales. Cimentación, estructuras forjadas. Ejecución.
12.  Solados en vía pública. Bordillos. Características. Ordenanza municipal reguladora de proyectos de urbanización del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
13.  Estructuras metálicas. Pórticos. Cerchas.
14.  Señalización en vía pública. Señalización informativa.
15.  Accesibilidad en edificios y vía pública. Ley de Accesibilidad Universal. Orden VIV561/2010, Real Decreto 13/2007.
16.  Código Técnico de la Edificación.
17.  Accesibilidad en vía pública. 
18.  Sistemas de protección contra incendios en edificios.
19.  Aparatos elevadores.
20.  Firmes en viales Superficies de rodadura. Tipos de asfalto. Usos.
21.  Electrificación básica de viviendas. Alumbrado público.
22.  Interpretación de planos. Nivelaciones. Replanteos. Partes de un Proyecto.
23.  Calefacción. Cuartos de calderas. ACS. Tipos, elementos y distribución. Climatización. Instalaciones de protección contra incendios. Tipos, elementos y distribución.
24.  Cubiertas. Elementos. Tipos y ejecución.
25.  Solados y falsos techos. Tipos y ejecución.
26.  Fuentes públicas ornamentales. Instalación y mantenimiento. Componentes.
27.  Tabiquería y revestimientos. Cerramientos y fachadas. Tipos y ejecución.
28.  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: delimitación de los tipos contractuales. El expediente de contratación.
29.  CAD diseño asistido por ordenador. Aplicaciones y manejo.
30.  GIS Corporativo. Aplicaciones y manejo.
31.  Normativa Técnica de Construcción. Código Técnico de la Edificación.
32.  Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los funcionarios públicos; el sistema de retribuciones e indemnizaciones; régimen de incompatibilidades y régimen disciplinario.
33.  Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
34.  Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
35.  Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación.
36.  La igualdad de género en la Administración pública. Políticas de igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: marco normativo general. Excepciones al principio general de igualdad. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: objeto y principios rectores.
En Rivas-Vaciamadrid, a 12 de noviembre de 2018..La concejala-delegada de Recursos Humanos (PD 1988/2017, de 19 de mayo), Carla de Nicolás Castro.
(03/37.008/18)</texto>
</documento>