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    <identificador>BOCM-20181203-23</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2018/12/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2018/11/21</fecha_disposicion>
    <titulo>Delegación competencias
– Resolución 3531/2018, de 22 de noviembre, del Secretario General Técnico de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se delega el ejercicio de la competencia para visar los documentos firmados manualmente de la Dirección General de la Familia y el Menor, que deban surtir efectos en el extranjero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA
23RESOLUCIÓN 3531/2018, de 22 de noviembre, del Secretario General Técnico de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se delega el ejercicio de la competencia para visar los documentos firmados manualmente de la Dirección General de la Familia y el Menor, que deban surtir efectos en el extranjero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos Públicos o Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquellas.
En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en el precepto citado,

RESUELVO
Primero
Delegación
Delegar en el titular de la Dirección General de la Familia y el Menor el ejercicio de la competencia para visar los documentos firmados manualmente de la Dirección General de la Familia y el Menor, que deban surtir efectos en el extranjero.
Segundo
Eficacia
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 22 de noviembre de 2018..El Secretario General Técnico, Manuel Galán Rivas.
(03/38.230/18)</texto>
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