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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2018/12/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2018/12/04</fecha_disposicion>
    <titulo>Bolsa de trabajo
– Resolución 5866/2018, de 5 de diciembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se dispone ampliar la bolsa inicial de la categoría profesional de “Técnico Auxiliar”, a partir del número 1.001 y en 200 candidatos adicionales, acumulando en un único acto, dos ampliaciones de las previstas en la base quinta de la Resolución 2509/2016, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de dicha Bolsa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA
ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
18RESOLUCIÓN 5866/2018, de 5 de diciembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se dispone ampliar la bolsa inicial de la categoría profesional de “Técnico Auxiliar”, a partir del número 1.001 y en 200 candidatos adicionales, acumulando en un único acto, dos ampliaciones de las previstas en la base quinta de la Resolución 2509/2016, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de dicha Bolsa.
ANTECEDENTES
Primero
Con fecha 22 de septiembre de 2016 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución 2509/2016, de 13 de septiembre, de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria en el ámbito de dicho organismo autónomo, en las categorías profesionales Educador (discapacidad Psíquica) y Técnico Auxiliar.
En la base quinta de la citada convocatoria se establece que en el supuesto de agotarse para cualquiera de las dos categorías, la bolsa podrá irse ampliando sucesivamente de 100 en 100 candidatos adicionales, con mejor puntuación.
Segundo
Este organismo debe hacer uso de la habilitación que le confiere la base quinta citada, ante la inexistencia de candidatos disponibles entre los mil que formaron la Bolsa inicial de la categoría profesional Técnico Auxiliar, de conformidad con la mencionada convocatoria.
Tercero
A la vista de esta circunstancia que ha de relacionarse con el elevado volumen de necesidades de contratación que tiene esta Agencia, por motivos de eficiencia y de eficacia de la organización administrativa y para garantizar la gestión óptima de la bolsa y evitar futuras demoras innecesarias en la contratación temporal del organismo, por la presente se acumulan, en un único acto, dos ampliaciones. En consecuencia, se amplía en 200 el número de candidatos de la bolsa, en previsión de que una ampliación de 100 candidatos implique un nuevo agotamiento a muy corto plazo.
En virtud de lo expuesto y de conformidad con la competencia atribuida por el Acuerdo de 25 de abril de 2006, del Consejo de Administración, por el que se delegan competencias en materia de personal en el Gerente,
RESUELVO
Aprobar y publicar como Anexo I los listados de los 200 candidatos con mejor puntuación siguientes a los mil que formaron la bolsa inicial de la categoría profesional “Técnico Auxiliar”, conforme a lo establecido en la base quinta de la Resolución 3509/2016, de 13 de septiembre, de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria de las categorías profesionales “Educador (Discapacidad Psíquica) y “Técnico Auxiliar” en el ámbito de dicho organismo autónomo.
Los 200 candidatos se incorporan a la bolsa desde el número 1001.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, protestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación de la misma sin perjuicio de ejercitar cualquier otra acción que se estime procedente.
Madrid, a 5 de diciembre de 2018..El Consejo de Administración del AMAS, PD (Acuerdo del Consejo de Administración de 25 de abril de 2006; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de mayo de 2006), el Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, Carlos Blanco Bravo.







(03/39.824/18)</texto>
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