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    <identificador>BOCM-20181219-138</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2018/12/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento 540 de 2017, notificación a Teyby Yory Herrera Sánchez</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>302</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 14
138Madrid número 14. Procedimiento 540 de 2017, notificación a Teyby Yory Herrera Sánchez
EDICTO
Doña Mónica Feijoo López-Bolaño, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 14 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 540 de 2017 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Que debo condenar y condeno al acusado, don Teyby Yory Herrera Sánchez, como responsable en concepto de auto de un delito intentado leve de hurto, a la pena de multa por tiempo de veinte días con una cuota diaria de 4 euros, y con responsabilidad personal subsidiaria en caso de insolvencia de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y al pago de las costas procesales.
Se alza el depósito de la mercancía sustraída.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el mismo juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Madrid, de lo que yo el letrado de la Administración de Justicia..Doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Teyby Yory Herrera Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 17 de noviembre de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/39.548/18)</texto>
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