<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190118-33</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Tribunal Superior de Justicia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/01/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Presidencia. Calendario de guardias de los Juzgados de Torrelaguna año 2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>15</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190118-33</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/01/18/BOCM-20190118-33.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/01/18/BOCM-20190118-33.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/01/18/BOCM-20190118-33.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/01/18/BOCM-20190118-33.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia:</organismo>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
33Madrid. Presidencia. Calendario de guardias de los Juzgados de Torrelaguna año 2019
PRESIDENCIA
Calendario anual del servicio de guardia de los Juzgados de Torrelaguna, para el año 2019, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la sesión plenaria celebrada el día 17 de diciembre de 2018.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el miércoles de cada semana, hasta el miércoles, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia (Juzgado) se produce a las 9.00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada miércoles).
En el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, será llamado en primer lugar, como coadyuvante, el juzgado que le corresponda relevar al órgano judicial que en ese momento se encontrare prestando el servicio de guardia ordinario.
Madrid, a 17 de diciembre de 2018..El presidente, Francisco Javier Vieira Morante.
(03/106/19)</texto>
</documento>