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    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
74Madrid número 13. Procedimiento 232 de 2018, notificación a Oyser Expertos, S. Coop.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUIO LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n°13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 232/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCOS SANZ ALVAREZ frente a FOGASA y OYSER EXPERTOS S. COOP sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA

SENTENCIA N° 490/2018

En Madrid, a 30 de Noviembre de 2018.

Vistos por Dña. Sandra García Fuentes, Magistrada Juez de Adscripción Territorial, adscrita a este Juzgado como refuerzo, los presentes autos seguidos en este juzgado bajo el número 232/18, a instancias de D. MARCOS SANZ ÁLVAREZ defendido por el Graduado Social D. José García-Arias Romero de Ávila contra OYSER EXPERTOS S. COOPERATIVA Y FOGASA que no comparecen, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD:

FALLO

Que estimo la pretensión de despido de D. MARCOS SANZ ÁLVAREZ contra OYSER ESPERTOS S. COOPERATIVA y declaro improcedente el despido, a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, y a que en el plazo de cinco días opten entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía o le indemnice en la cantidad de 522,56 euros en concepto de indemnización legal. Condenándole en el caso de readmisión a que le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de la notificación de esta Sentencia, a razón de 63,34 EUROS/día; debiendo advertir por último a la empresa que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DIAS SIGUIENTES, desde la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Además CONDENO a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.974,02 euros, que devengará el interés legal del 10%.

FOGASA responderá hasta el límite legal tras la tramitación del expediente administrativo correspondiente.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinc9 días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2511-0000-61-00232-18 del Banco SANTANDER, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco SANTANDER o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista y sin cuyos requisitos no podrá admitirse el recurso y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OYSER EXPERTOS S. COOP, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/878/19)</texto>
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