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    <fecha_publicacion>2019/01/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 552 de 2018, notificación a Seguridad Integral Canaria, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
76Madrid número 8. Procedimiento 552 de 2018, notificación a Seguridad Integral Canaria, S. A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 552/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. IGNACIO COSTA DE LA MATA frente a SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA, FONDO DE GARANTIA SALARIAL y D. JUAN CARLOS SANTOS BARJA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Se estima la demanda formulada frente a SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA condenando a la demandada a abonar al actor D. IGNACIO COSTA DE LA MATA, el importe de 244,32 euros por conceptos retributivos de noviembre de 2017.
Más el 10% de interés anual por mora desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.
Deberá colaborar la Administración Concursal en los términos legalmente establecidos procediendo la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial tras los trámites oportunos y conforme a lo previsto en el ordenamiento laboral.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella no cabe recurso de suplicación.
Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de su firmeza.
Por esta sentencia, definitivamente juzgando, se pronuncia, establece y firma.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de enero de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/765/19)</texto>
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