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    <titulo>Castilla y León. Valladolid. Sala de lo Social. Procedimiento 1.181 de 2018, notificación a Etsa Electricidad, S. L., y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
49Castilla y León. Valladolid. Sala de lo Social. Procedimiento 1.181 de 2018, notificación a Etsa Electricidad, S. L., y otros
SALA DE LO SOCIAL
EDICTO
Doña Iciar Sanz Rubiales, letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, sede Valladolid.
Hago saber: Que en el procedimiento de recurso suplicación 1.181 de 2018, seguido a instancias de don Pedro Gutiérrez Sánchez, contra “CTC Externalización, Sociedad Limitada”, el Fondo de Garantía Salarial, “Inspecciones y Servicios del Gas, Sociedad Limitada”, “Ullastres Lecturas y Contratos, Sociedad Limitada”, “Etsa Electricidad, Sociedad Limitada”, “Inspección y Control de Instalaciones, Sociedad Anónima”, “Hermeriel, Sociedad Anónima”, “Especialidades Técnicas, Sociedad Limitada”, “Seriedad y Calidad Tres, Sociedad Limitada”, “FCC Industrial e Infraestructuras Energéticas, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre despido objetivo, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Iciar Sanz Rubiales..En Valladolid, a 15 de enero de 2019.
Por la letrada doña M. Esther Iglesias, con fecha 2 de enero de 2019, se ha presentado vía lexnet escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo legal conferido, en representación de don Pedro Gutiérrez Sánchez y, visto su contenido, acuerdo:
. Tener por interpuesto en tiempo el recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por esta Sala.
. Emplazar a las demás partes para que comparezcan por escrito por medio de abogado ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo en el plazo de diez días hábiles, debiendo designar domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones, y debiendo acreditar la representación de la parte que no constase previamente en actuaciones y remitir a dicha Sala estas actuaciones.
. No habiéndose aportado la certificación de la sentencia de contraste, estando designada a tal efecto en su escrito la sentencia dictada por esta misma Sala en el RSU 1.576/2015, expídase certificación de la misma que se unirá a las presentes actuaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social.
La letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a “Etsa Electricidad, Sociedad Limitada”, y a “Especialidades Técnicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a 15 de enero de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/2.706/19)</texto>
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