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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 6
190Barcelona número 6. Procedimiento 57 de 2017, notificación a Medios y Desarrollos Auxiliares en España, S. L.
EDICTO
Enrique Soler Beamonte, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 06 de Barcelona.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado SENTENCIA de fecha 18/1/2019.

SENTENCIA Nº 34/2019
 
En la ciudad de Barcelona a 18 de enero de 2019.
 
VISTO por mí, CRISTINA LOPEZ POTOC, Magistrada del Juzgado de lo Social nº 6 de esta ciudad, el juicio promovido con Nº 57/17 por D. LUIS MANUEL CAPELLAN PINEDA asistido por el Letrado Sra. Fernández Rodríguez contra MEDIOS Y DESARROLLOS AUXILIARES EN ESPAÑA S.L. Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en materia de RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD he dictado la sentencia en base a los siguientes,

FALLO
 
 SE DESESTIMA la demanda interpuesta por D. LUIS MANUEL CAPELLAN PINEDA contra MEDIOS Y DESARROLLOS AUXILIARES EN ESPAÑA S.L. Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL absolviéndoles de todas las pretensiones de la demanda.

Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que deberá anunciarse dentro de los CINCO días siguientes a la notificación de la presente resolución.

El recurrente deberá depositar la cantidad de 300 euros y si la sentencia impugnada ha condenado a pago de cantidad también deberá acreditar haber consignado dicha cantidad en la cuenta de depositos 5206-0000-65-nº autos-año o IBAN ES55 0049-3569-9200-0500-1274.

En el campo OBSERVACIONES deberá introducirse el número de expediente 16 dígitos (5206-0000-65- numero de procedimiento (cuatro dígitos)-año del procedimiento(dos digitos) ejemplo:5206-0000-65-1200-07)

Los 16 dígitos correspondientes al procedimiento tienen que consignarse en un solo bloque y,separado del resto que se introduzca en el campo,por espacios 

En el campo Ordenante se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible el CIF O NIF de la misma. En el campo Beneficiario se indicará Juzgado Social 6 Barcelona 

Sin estos requisitos no se admitirá el recurso.
 
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada MEDIOS Y DESARROLLOS AUXILIARES EN ESPAÑA SL, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a MEDIOS Y DESARROLLOS AUXILIARES EN ESPAÑA SL,, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID. y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 21 de enero de 2019.

 La Letrada de la Administración de Justicia
(03/2.738/19)</texto>
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