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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Ourense número 2. Procedimiento 354 de 2018, notificación a Andrea Valeria Domínguez González</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 2
196Ourense número 2. Procedimiento 354 de 2018, notificación a Andrea Valeria Domínguez González
EDICTO
D/Dª JOSE JAIME DOPEREIRO RODRIGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de OURENSE, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000354 /2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª BERTA ROSA RODRIGUEZ PEREZ contra la empresa MINISTERIO FISCAL, ADOLFO DOMINGUEZ S A, ADOLFO DOMINGUEZ FERNANDEZ, MARIA ELENA GONZALEZ ALVAREZ, ELENA ADRIANA DOMINGUEZ GONZALEZ, ANDREA VALERIA DOMINGUEZ GONZALEZ, TICIANA JIMENA DOMINGUEZ GONZALEZ, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que estimando la demanda interpuesta por Dª. BERTA ROSA RODRIGUEZ PEREZ contra ADOLFO DOMINGUEZ SA, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora llevado a cabo el 11.4.2018 y en consecuencia condeno a la citada empresa a que a su opción readmita a la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, en cuyo caso esta ha de devolver la indemnización percibida, o le indemnice en la cantidad de 110592 euros, deduciendo de la misma la indemnización abonada ; advirtiéndole que la antedicha opción deberá efectuarse por la empresa demandada ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Asimismo debo absolver y absuelvo a ADOLFO DOMINGUEZ FERNANDEZ, MARIA ELENA GONZALEZ ALVAREZ, ELENA ADRIANA DOMINGUEZ GONZALEZ, TICIANA JIMENA DOMINGUEZ Y ANDREA VALERIA DOMINGUEZ GONZALEZ.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en a nombre de esta Oficina Judicial con el núm., debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

- El depósito de 300 euros.
- La cantidad objeto de condena. Esta cantidad podrá sustituirse por aval bancario solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento.
- La cantidad objeto de condena. Esta cantidad podrá sustituirse por aval bancario solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento.
Se deberá presentar en este Juzgado la certificación acreditativa de haber efectuado el ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco de Santander. Cuenta 3224 0000 65 ****++
****(nº del procedimiento con cuatro dígitos)
++(año del procedimiento con dos dígitos)
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta habrá de emitirse a la cuenta:
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y hacer constar en el campo observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que 3 corresponden al procedimiento (3224 0000 65 seguido de cuatro dígitos correspondientes al nº de procedimiento y dos dígitos del año del mismo.)

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ANDREA VALERIA DOMINGUEZ GONZALEZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En OURENSE, a cuatro de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/4.312/19)</texto>
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