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    <identificador>BOCM-20190226-62</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/02/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 1. Procedimiento 234 de 2018, notificación a ignorados ocupantes calle Fuente Arenosa 1, bloque D, 2.o 3</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>48</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1
62Parla número 1. Procedimiento 234 de 2018, notificación a ignorados ocupantes calle Fuente Arenosa 1, bloque D, 2.o 3
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 234 de 2018, entre “Sareb, Sociedad Anónima” e ignorados ocupantes de la calle Fuente Arenosa, número 1, bloque D, segundo 3, Parla, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 5 de noviembre de 2018, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda de juicio verbal promovida por “Sareb, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Francisco Abajo Abril, frente a los ignorados ocupantes de la calle Fuente Arenosa, número 1, bloque D, piso segundo 3, de la localidad de Parla, encontrándose en situación procesa de rebeldía, debo condenar a dichas personas a que restituyan a la actora la posesión de dicho inmueble, dejándolo libre, vacuo y expedito, y a su entera disposición, cesando en cualquier acto que pueda limitar el ejercicio de su derecho de posesión, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento, con ayuda de la Fuerza Pública si fuere preciso, caso de no proceder al desalojo voluntario.
Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá presentarse directamente en este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previo el depósito legalmente previsto, y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes de la calle Fuente Arenosa, número 1, bloque D, segundo 3, Parla, expido y firmo la presente en Parla, a 31 de enero de 2019..El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/5.407/19)</texto>
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