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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento 716 de 2018, notificación a Servicios Proyectos y Desarrollo de Innovacion Creativa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>60</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
173Madrid número 38. Procedimiento 716 de 2018, notificación a Servicios Proyectos y Desarrollo de Innovacion Creativa, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 716/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DIEGO SANTOS CELEMIN frente a SERVICIOS PROYECTOS Y DESARROLLO DE INNOVACION CREATIVA SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la sentencia de fecha 28/01/2019 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por don DIEGO SANTOS CELEMÍN contra SERVICIOS, PROYECTOS Y DESARROLLO DE INNOVACION CREATIVA S.L., y con intervención de FOGASA, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a SERVICIOS, PROYECTOS Y DESARROLLO DE INNOVACION CREATIVA S.L., a abonar a don DIEGO SANTOS CELEMÍN la cantidad de 2.522,18 euros, cantidad que será incrementada con el importe de 252,21 euros.

En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella NO cabe Recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SERVICIOS PROYECTOS Y DESARROLLO DE INNOVACION CREATIVA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.202/19)</texto>
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