<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190312-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/03/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 326 de 2018, notificación a Miguel Antonio Dytren</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>60</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190312-81</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/12/BOCM-20190312-81.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/12/BOCM-20190312-81.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/12/BOCM-20190312-81.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/03/12/BOCM-20190312-81.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80
81Madrid número 80. Procedimiento 326 de 2018, notificación a Miguel Antonio Dytren
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 326 de 2018, a instancias de doña Mariela Concepción Sánchez, representada por el procurador don Jacobo Borja Rayón, contra don Miguel Antonio Dytren, declarado en situación de rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 4 de 2019
Madrid, a 10 de enero de 2019..Vistos por la ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso, seguidos ante este Juzgado bajo el número 326 de 2018, a instancias de doña Mariela Concepción Sánchez, representada por el procurador de los tribunales don Jacobo Borja Rayón, contra don Miguel Antonio Dytren, en rebeldía, sobre divorcio.
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Mariela Concepción Sánchez, representada por el procurador de los tribunales don Jacobo Borja Rayón, contra don Miguel Antonio Dytren, en rebeldía, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio contraído por los litigantes el 27 de febrero de 2012.
1.  Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
2.  La disolución del régimen económico matrimonial.
3.  No ha lugar a adoptar ninguna otra medida.
Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.
Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio, en el Registro Civil correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2758-0000-33-0326-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2758-0000-33-0326-18.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..El/la magistrado/a-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Miguel Antonio Dytren, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 10 de enero de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/3.480/19)</texto>
</documento>