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    <identificador>BOCM-20190315-115</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 3. Procedimiento 235 de 2018, notificación a José Antonio Blanco Cano</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>63</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3
115Ávila número 3. Procedimiento 235 de 2018, notificación a José Antonio Blanco Cano
EDICTO
DOÑA MARÍA TERESA CASTELLO BÓVEDA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE ESTE JUZGADO:
HAGO SABER
Que en este Juzgado de mi cargo se sigue Juicio de Delito Leve número 235/2018, por USURPACIÓN, siendo denunciado JOSÉ ANTONIO BLANCO CANO, sin domicilio conocido en España. Y en fecha 08 de ENERO de 2018, se dictó sentencia, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:
“FALLO
Condeno a José Antonio Blanco Cano y a Aroa Montoro Blanco como autores de un delito leve de usurpación del artículo 245 apartado segundo del código penal a la pena para cada uno de ellos de tres meses multa a razón de dos euros cada día y por tanto a la pena para cada uno de ellos de multa de ,.tinto ochenta euros así como al pago de las costas procesales.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la Ilma. audiencia provincial de Ávila.
Así por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para la unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a José Antonio Blanco Cano, expido la presente, en Ávila, a 08 enero de dos mil diecinueve.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/7.303/19)</texto>
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