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    <identificador>BOCM-20190321-156</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/03/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 1.388 de 2017, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>68</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
156Madrid número 39. Procedimiento 1.388 de 2017, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1388/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VIRGINIA SAIZ ESCUDERO frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“SE ACUERDA ACLARAR el auto de fecha 13.02.2019 y por tanto, la Sentencia de fecha 23/10/2018, en el siguiente término:

DONDE DICE:
“Estimando la demanda presentada por Dña. Virginia Saiz Escudero, frente a la empresa I Madrid Dental Proyecto Odontológico S.L.U., declaro improcedente el despido de fecha 6 de noviembre de 2017 y condeno a la empresa demandada a que, a su opción, que deberá realizar el empresario en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión de la trabajadora o al abono de la indemnización de 8742,25 euros; debiendo abonar, caso de optar por la readmisión los salarios dejados de percibir, en la cuantía diaria de 93,50 euros, computables desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución o hasta que hubiese encontrado otro empleo, si tal colocación fuese anterior a la sentencia y se probase lo percibido para el descuento de los salarios de tramitación”.

Debe decir: “Estimando la demanda presentada por Dña. Virginia Saiz Escudero, frente a la empresa I Madrid Dental Proyecto Odontológico S.L.U., declaro improcedente el despido de fecha 6 de noviembre de 2017 y condeno a la empresa demandada a que, a su opción, que deberá realizar el empresario en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión de la trabajadora o al abono de la indemnización de 15.821,57 euros debiendo abonar, caso de optar por la readmisión los salarios dejados de percibir, en la cuantía diaria de 164,38 euros, computables desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución o hasta que hubiese encontrado otro empleo, si tal colocación fuese anterior a la sentencia y se probase lo percibido para el descuento de los salarios de tramitación”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.659/19)</texto>
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