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    <identificador>BOCM-20190409-143</identificador>
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    <fecha_publicacion>2019/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento 88 de 2019, notificación a Ana Santiaga Narváez Díaz</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
143Madrid número 14. Procedimiento 88 de 2019, notificación a Ana Santiaga Narváez Díaz
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 88/2019-CH de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ANA SANTIAGA NARVAEZ DIAZ frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre Impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seg. Social, excluidos los prestacionales se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es:

 Por repartida la anterior demanda el 24/01/2019 presentada por D./Dña. ANA SANTIAGA NARVAEZ DIAZ, teniendo por parte demandada a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierten los siguientes defectos:

NO SE ACREDITA LA INTERPOSICIÓN DE LA CORRESPONDIENTE RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA.

NO HA LUGAR, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose a la actora a fin de que en el plazo de QUINCE DIAS subsane los defectos indicados, con advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo se acordará sin más trámite el archivo de las actuaciones (art. 81.1 de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social), asimismo de conformidad con lo dispuesto en el artº 53 de la L.R.J.S. las partes deberán indicar en la primera comunicación ante este Juzgado los datos relativos a nº de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, así como los cambios que puedan realizarse para poder ser utilizados como instrumentos de comunicación con las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ANA SANTIAGA NARVAEZ DIAZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de marzo de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.156/19)</texto>
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