<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190409-146</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/04/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 20. Procedimiento 368 de 2018, notificación a Grupo D’uñas &amp; Spa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>84</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190409-146</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/04/09/BOCM-20190409-146.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/04/09/BOCM-20190409-146.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/04/09/BOCM-20190409-146.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/04/09/BOCM-20190409-146.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
146Madrid número 20. Procedimiento 368 de 2018, notificación a Grupo D’uñas &amp; Spa, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 368/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROCIO NAVARRO LOPEZ frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y GRUPO D’UÑAS &amp; SPA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

F A L L O

ESTIMO la demanda de despido formulada por doña Rocío Navarro López contra la mercantil GRUPO D`UÑAS Y SPA, S.L., DECLARO que la baja laboral de fecha 31 de enero de 2018, constituye un despido improcedente, y DECLARO extinguida la relación laboral a fecha presente, CONDENANDO a la empresa que le indemnice con la cantidad de 1.265,75 euros, con abono de los salarios de tramitación por importe de 6.903 euros, descontando las cantidades que en su caso hubiera percibido en concepto de salario de otras empresas o por desempleo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2518-0000-61-0368-18 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO D’UÑAS &amp; SPA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.219/19)</texto>
</documento>