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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2019/04/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2019/03/11</fecha_disposicion>
    <titulo>Depósito de estatutos
– Resolución de 12 de marzo de 2019, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores Unidos de Canal de Isabel II (depósito 28100007)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
25RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2019, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores Unidos de Canal de Isabel II (depósito 28100007).
Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Francisco Javier Calle Rebollo, en representación de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores Unidos de Canal de Isabel II, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que el citado Sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de estatutos, por el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos.
Segundo
Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores: don Álvaro Santamaría Tarancón, doña Laura García Esteban y don Francisco Javier Calle Rebollo.
Tercero
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid, y su ámbito funcional, el de los centros de trabajo de Canal de Isabel II, de su grupo de empresas y/o sucesión de éstas.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 8 de marzo de 2019 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 11 de marzo de 2019.
Cuarto
Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias de general aplicación.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los estatutos contienen todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.4 de dicha Ley y en el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores Unidos de Canal de Isabel II, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el de los centros de trabajo de Canal de Isabel II, de su grupo de empresas y/o sucesión de estas; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 12 de marzo de 2019..El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.
(03/10.882/19)</texto>
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