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    <fecha_publicacion>2019/04/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Majadahonda. Organización y funcionamiento. Ordenanza mercadillo y venta ambulante</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>Ayuntamiento de Majadahonda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
58Majadahonda. Organización y funcionamiento. Ordenanza mercadillo y venta ambulante
Durante el plazo de treinta días contados, desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, queda expuesto al público, en la primera planta de la Concejalía de Formación, Empleo y Comercio, del Ayuntamiento de Majadahonda, sita en la avenida Guadarrama, número 34, de Majadahonda (Madrid), desde las 9:00 hasta las 14:00 horas de lunes a viernes, la ordenanza reguladora del mercadillo y de la venta ambulante en el municipio de Majadahonda, aprobada por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 26 de marzo, donde se aprobó inicialmente.
En ese período, los interesados podrán formular reclamaciones y sugerencias de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Podrán presentar las reclamaciones y sugerencias en el Registro General de este Ayuntamiento.
Si, transcurrido dicho plazo de exposición pública, no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Majadahonda, a 9 de abril de 2019..El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.
(03/14.007/19)</texto>
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