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    <titulo>– San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Reglamento Consejo Sectorial Bienestar Social</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>Ayuntamiento de San Fernado de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
64San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Reglamento Consejo Sectorial Bienestar Social
Resolución del Ayuntamiento de San Fernando de Henares sobre Reglamento del Consejo Sectorial de Bienestar Social del Ayuntamiento de San Fernando de Henares y de sus mesas de participación.
En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 49 y 70 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se halla expuesto al público en el Departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de San Fernando de Henares a efectos de reclamaciones al Reglamento del Consejo Sectorial de Bienestar Social del Ayuntamiento de San Fernando de Henares y de sus mesas de participación.
Dicho documento ha sido aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 21 de febrero de 2019.
Los interesados podrán formular reclamaciones con sujeción a las siguientes normas:
a)	Plazo de admisión de reclamaciones y exposición: treinta días hábiles desde la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación de reclamaciones: Registro General del Ayuntamiento.
c)	Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
San Fernando de Henares, a 8 de abril de 2019..La alcaldesa, Catalina Rodríguez Morcillo.
(03/13.957/19)</texto>
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