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    <identificador>BOCM-20190425-11</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2019/04/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2019/03/28</fecha_disposicion>
    <titulo>Convenio colectivo
– Resolución de 29 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Sector del Comercio e Industria de Confitería, Pastelería, Bollería, Repostería, Heladería y Platos Cocinados, suscrito por la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid (ASEMPAS) y por los sindicatos FICA-UGT y CC OO Industria-Madrid (código número 28001025011981)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
11RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Sector del Comercio e Industria de Confitería, Pastelería, Bollería, Repostería, Heladería y Platos Cocinados, suscrito por la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid (ASEMPAS) y por los sindicatos FICA-UGT y CC OO Industria-Madrid (código número 28001025011981).
Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector del Comercio e Industria de Confitería, Pastelería, Bollería, Repostería, Heladería y Platos Cocinados, suscrito por la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid (ASEMPAS) y por las organizaciones sindicales FICA-UGT y CC OO Industria-Madrid, el día 19 de junio de 2018, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
1.  Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 
2.  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de marzo de 2019..El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.


































(03/13.395/19)</texto>
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