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    <titulo>– Fuenlabrada. Urbanismo. Estudio Detalle Sector PP II-2 El Vivero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuenlabrada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
URBANISMO
38Fuenlabrada. Urbanismo. Estudio Detalle Sector PP II-2 El Vivero
El Pleno Municipal celebrado en sesión ordinaria el 17 de enero de 2019, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Primero..Aprobar con carácter definitivo el Estudio de Detalle presentado por la mercantil Tribeca Casas y Lofts, S. L., para la ordenación de las parcelas 2.3.1.1, 2.3.1.2, 2.3.1.3, 2.3.1.4, 2.3.1.5, 2.3.1.6, 2.3.2, 2.3.3, 2.3.8 y 2.3.9 del Plan Parcial del Sector PP II-2 “El Vivero”, de Fuenlabrada, incluyendo la estimación de la alegación presentada por Construcciones Jomtemar, S. L., en los términos expuestos en el informe del arquitecto municipal.
Segundo..Notificar a los interesados y publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acuerdo agota la vía administrativa y contra este podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículo 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá interponer recurso de reposición en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.
Igualmente, se le comunica que la interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
Fuenlabrada, a 8 de febrero de 2019..El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.
(02/13.939/19)</texto>
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