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    <titulo>Coslada número 5. Procedimiento 66 de 2017, notificación a Sandra Peralta Durán</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>97</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5
70Coslada número 5. Procedimiento 66 de 2017, notificación a Sandra Peralta Durán
EDICTO
Doña Silvia Valdés González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Coslada.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 66 de 2017, instados por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Construcciones Residenciales y Sociales, S. A., contra doña Sandra Peralta Durán, doña Raquel Peralta Durán y don Enrique Asegurado Portilla, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 21 de febrero de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que, estimando la demanda interpuesta por Construcciones Residenciales y Sociales, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Ignacio Argos Linares, frente a doña Sandra Peralta Durán, representada por la procuradora de los tribunales doña Cristina Encarnación García Palomino, y doña Raquel Peralta Durán y don Enrique Asegurado Portilla, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los codemandados a pagar a la actora la cantidad de 3.842,22 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución; con imposición de las costas causadas en esta primera instancia a las partes demandadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente a su notificación.
Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado doña Raquel Peralta Durán y don Enrique Asegurado Portilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaria de este tribunal.
En Coslada, a 21 de febrero de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.756/19)</texto>
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