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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 43 de 209, notificación a Ingeniería e Instalaciones Programadas S. XXI, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
98Madrid número 3. Ejecución 43 de 209, notificación a Ingeniería e Instalaciones Programadas S. XXI, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 43 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Yosbel Jánez Pantoja, frente a Ingeniería e Instalaciones Programadas S. XXI, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado el siguiente auto de fecha 19 de marzo de 2019:
Parte dispositiva:
Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, Yosbel Jánez Pantoja, frente a la demandada Ingeniería e Instalaciones Programadas S. XXI, S. L., parte ejecutada, por un principal de 2.718,82 euros, más 271,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2501-0000-64-0043-19.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez, don Francisco José del Pozo Sánchez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Ingeniería e Instalaciones Programadas S. XXI, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 19 de marzo de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/12.983/19)</texto>
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